FAQ

Ademas del análisis de tarifas y potencias, algunas acciones que tenemos la posibilidad de hacer todos los días para ahorrar en la factura de la luz de nuestra vivienda o empresa tienen la posibilidad de ir desde las más obvias, como lo son apagar la luz cuando nos hayamos ido de una cuarto, poner el aire acondicionado a una temperatura correcta o seleccionar electrodomésticos de bajo consumo. 

Con estos movimientos no sólo verás el ahorro si no que, además, vas a tener la satisfacción de entender que estás colaborando en la conservación del medioambiente y a conseguir un mundo más sostenible. 

Las opciones son muchas y si deseas estudiar las opciones de eficacia y ahorro que muestra tu vivienda o negocio, desde Ahorradinero.info te hacemos proyectos para esos espacios. Por ejemplo el autoconsumo solar por medio de instalación de placas solares.

La energía reactiva.

Existen equipos, tales como motores, transformadores, reactancias, etc., que funcionan por medio de la generación de campos electromagnéticos. Estos equipos absorben energía de la red para generar esos campos electromagnéticos. En su funcionamiento generan un intercambio de energía, y se produce un consumo adicional que no aprovechan los receptores. Esto es la energía reactiva, la cual genera una sobrecarga en líneas, transformadores y generadores, sin llegar a producir un rendimiento útil. Por este motivo las empresas eléctricas la contabilizan y penalizan al cliente que no la controla.

Aparece en las facturas eléctricas junto con la potencia contratada y la energía consumida, una linea mas que pone energía reactiva. Para eliminar esta energía reactiva de nuestra factura y ahorrar dinero podemos proceder a la instalación de una batería de condensadores. La batería se encarga de corregir el factor de potencia (o cos φ) que ha de encontrarse entre 1 (que sería lo ideal) y 0,95. Ya que este es el margen en el cual no se factura la energía reactiva a los contratos de 15kw o más.

Desde Ahorradinero.info tenemos acuerdos con los principales proveedores y nuestro equipo de electricistas son los encargados de la instalación de dichas baterías de condensación.

  • Regular la temperatura de la vivienda: se recomienda poner la calefacción entre 19 y 21 grados en las horas diurnas y entre 15 y 17 grados en horas nocturnas. Por cada grado superior, el consumo de gas se incrementa aproximadamente un 7%
  • Regular la caldera a 45 grados como máximo
  • Regular la temperatura del agua caliente entre 30 y 35 grados
  • Poner termostatos para regular la temperatura de las distintas estancias de la vivienda
  • Revisar la instalación de gas siempre por profesionales, ya que si esta se encuentra en buen estado, realizará un consumo eficiente
  • Aprovechar el calor residual a la hora de cocina, las vitroceramicas o placas de induccion su enfriamiento es lento por lo que podemos calcular dicho periodo para terminar de cocinar
  • Mejorar aislamiento de la vivienda
  • En invierno ventilar el tiempo justo y necesario (tiempo recomendado 5 min por estancia)

Uno de los motivos por el que se puede suspender el suministro de luz es por no pagar las facturas. En caso de que existan recibos de luz pendientes y no se afronte la deuda, la compañía tiene derecho a cortar la luz por impago.

Este procedimiento está regulado por normativa estatal, de forma que todas las compañías deban actuar bajo los mismos parámetros. Desde octubre de 2017, está regulado por el Real Decreto 897/2017, que también refleja la normativa por la que se rige el bono social de luz.

En este documento se indica que:

  • Los clientes domésticos (con menos de 10kW de capacidad contratada) tienen 20 días naturales para abonar sus facturas una vez son emitidas.
  • La empresa debe comunicar al cliente en un período de 2 meses desde la emisión de la factura de que no se ha abonado el importe de ésta. Esta comunicación debe ser enviada por algún medio que permita corroborar su recepción, como un burofax, correo certificado o medios telemáticos con firma electrónica.
  • Una vez comunicado la situación de impago, la empresa tendrá que enviar un requerimiento fehaciente de pago al cliente además por un medio que permita corroborar su recepción.
  • Si no fuera viable dar esta alerta, se enviará una exclusiva en un período de 7 días hábiles. Si este intento tampoco tuviera triunfo, se va a proporcionar por notificado frente la imposibilidad de su comprobación.
  • Cuando la empresa ya tenga constancia de que los intentos fueron fallidos, comunicará a la Red social Autónoma el CUPS del inmueble afectado y el día pensado para el corte de luz.
  • 15 días antes de que se haga el corte, la empresa ha de enviar un nuevo requerimiento de pago al cliente, detallando en esta más reciente alerta la fecha concreta desde la que se suspenderá el suministro en la vivienda.
  • En total, la compañía cuenta con un plazo hasta de dos meses hasta que pueda solicitar a la distribuidora eléctrica de la zona que inicie el proceso de corte de luz por impago. En caso de que sean consumidores vulnerables con bono social, este plazo será de cuatro meses.

Cuando el cliente sea considerado consumidor vulnerable en riesgo de exclusión social y tenga el bono social, la compañía no podrá solicitar el corte de luz por impago si los servicios sociales de su Comunidad Autónoma se hacen cargo de, al menos el 50% de su factura.

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